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Preguntas frecuentes sobre la ficha reducida
Información práctica sobre el documento, la solicitud, la entrega y los precios.
Es un documento técnico que recoge las características concretas de un vehículo. Puede ser necesario en procedimientos de matriculación, catalogación histórica, rehabilitación u otros trámites ante una estación ITV.
Coche M1/N1: 30€; moto: 45€; remolque: 79€; semirremolque: 79€. Los cuatro precios incluyen IVA y corresponden a expedientes estándar con documentación suficiente. Si el caso exige comprobaciones o actuaciones adicionales, se informa antes de empezar.
Como base: documentación del país de origen o ficha disponible, placa de fabricante, bastidor, vistas exteriores y medidas de neumáticos. En remolques o vehículos con enganche pueden solicitarse imágenes específicas. Te confirmamos la lista exacta después de revisar el tipo de vehículo.
La revisión inicial se hace online mediante documentos y fotografías. La normativa contempla que una ficha extendida por técnico competente se base en la revisión física del vehículo; el profesional determinará si las evidencias aportadas son suficientes o si hace falta otra comprobación.
El plazo orientativo es de 2 a 12 horas laborales desde que la documentación está completa y el encargo confirmado. Si faltan datos, el plazo comienza cuando se reciben correctamente.
Se entrega en formato PDF con firma digital. Conserva el archivo original y sigue las instrucciones de la ITV o del organismo donde vayas a presentarlo.
No. Es documentación técnica y no sustituye la tarjeta ITV, el permiso de circulación, el seguro ni ningún otro documento obligatorio para circular.
No son el mismo documento. El CoC lo emite el fabricante; la ficha reducida puede ser elaborada por un técnico competente y recoge las características del vehículo. La opción adecuada depende del expediente y de lo que solicite la ITV.
Puede requerir documentación o procedimientos adicionales, como una homologación individual o un informe específico. Envíanos la documentación disponible antes de asumir que una ficha reducida por sí sola resolverá el trámite.
No necesariamente. La ficha reducida no acredita por sí sola que el remolque pueda circular. Conviene consultar previamente el expediente con la ITV y aportar cualquier prueba de su origen o circulación anterior.
La regulación estatal se aplica en todo el territorio, pero la aceptación final y la documentación complementaria dependen del expediente y de la estación ITV competente. Por eso recomendamos confirmar el caso concreto.